Licencia turística en Andalucía – transferencia a un nuevo propietario. ¿Qué necesitas saber?
El mercado de alquileres a corto plazo en España, y especialmente en Andalucía, ha atraído durante mucho tiempo un enorme interés por parte de inversores de todo el mundo. Un elemento clave para operar legalmente en este sector es disponer de una licencia turística válida. Tras cambios legislativos, sobre los que escribimos en nuestro blog, surgen muchas preguntas sobre la transferencia de la licencia turística al nuevo propietario de la vivienda. ¿La licencia turística en Andalucía se «traslada» automáticamente? ¿Cuáles son las formalidades? ¿Qué consecuencias acarrean la falta de actualización de datos? Respondemos a estas preguntas, basándonos en las últimas normativas e interpretaciones legales.
¿Qué encontrarás en el artículo?
- Licencia turística en Andalucía – carácter legal
- Resolución pionera de la Dirección General
- Importancia de la resolución para el mercado de alquileres a corto plazo
- Procedimiento para cambiar el titular de la licencia turística
- Nuevas reglas relativas al consentimiento de la comunidad de propietarios
- Resumen
Licencia turística en Andalucía – carácter legal
La licencia turística en Andalucía es necesaria para alquilar legalmente una propiedad a corto plazo. La licencia se obtiene tras registrar la propiedad en el Registro de Turismo de Andalucía. La propiedad entonces obtiene un número VFT, que es requerido por las plataformas de reserva y regulaciones de la UE (incluido Real Decreto 1312/2024 y Reglamento (UE) 2024/1028). Tras los últimos cambios en la normativa, surgió claramente la pregunta de si la licencia turística está vinculada al titular o a la propia propiedad. En años recientes la praxis administrativa ha sido inconsistente; algunas oficinas exigían volver a solicitar la licencia tras un cambio de titular, otras reconocían su «transferencia» al nuevo adquirente.

Resolución pionera de la Dirección General
La última resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, fechada el 30 de julio de 2025, aclara la situación. Este documento resuelve una disputa relativa a la asignación del número de registro de un apartamento turístico que estaba inscrito a nombre del titular anterior. El nuevo titular, a pesar de haber completado todas las formalidades relacionadas con la transferencia de titularidad, enfrentó la negativa de un registrador, quien señaló la falta de actualizaciones de datos en el registro.
La Dirección General declaró explícitamente que la licencia turística tiene un carácter «real», no «personal». Esto significa que está vinculada a la propiedad, no al titular. Siempre que la propiedad cumpla con los requisitos técnicos y de urbanismo (definidos, entre otros, en Decreto 28/2016), la licencia permanece válida independientemente del cambio de titular. Las partes contratantes están obligadas a informar a la administración sobre el cambio de datos, pero la omisión de informar da lugar a responsabilidad administrativa, y no a la nulidad de la licencia.
Importancia de la resolución para el mercado de alquileres a corto plazo
La resolución de la Dirección General tiene un carácter interpretativo y es ampliamente citada en la jurisprudencia y las decisiones administrativas. Aunque no es una sentencia judicial, sirve como un punto de referencia importante para la práctica en las oficinas españolas. Confirma la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo, según la cual las licencias vinculadas a las características de la propiedad son transferibles y perduran mientras la propiedad cumpla con los requisitos.
Gracias a esta interpretación:
- el comprador de un apartamento turístico no necesita solicitar una nueva licencia,
- una licencia válida «pasa» con la propiedad,
- sólo es necesario actualizar los datos en el Registro de Turismo, pero su ausencia no anula el derecho a usar la licencia.
En la práctica, esto significa una mayor certidumbre en las transacciones y protección para los inversores en el mercado de alquileres a corto plazo en Andalucía.
Procedimiento para cambiar el titular de la licencia turística
Aunque la licencia está vinculada a la propiedad, es obligatorio actualizar los datos en el Registro de Turismo de Andalucía. El proceso es relativamente sencillo y se realiza de forma electrónica a través de la Oficina Virtual de la Junta de Andalucía. Se requiere un certificado digital o el sistema Cl@ve.
Procedimiento:
- Acceso al sistema – inicio de sesión en el portal de la Consejería de Turismo.
- Solicitud – presentación de la «Solicitud de cambio de titularidad de vivienda con fines turísticos», proporcionando el número de licencia, los datos de ambos titulares, la dirección de la propiedad y la base legal para la transferencia de titularidad.
- Anexos – una copia de la escrituraNotarial, el documento de identidad del nuevo titular, posiblemente documentos de la empresa o poderNotarial.
- Tasas – en Andalucía el procedimiento es gratuito, aunque en otras regiones puede haber tasas.
- Trámite – la administración inscribe el cambio, aunque pueden producirse retrasos. Hasta la actualización, la licencia permanece válida y el titular debe conservar el comprobante de la presentación.
Nuevas reglas relativas al consentimiento de la comunidad de propietarios
Desde el 3 de abril de 2025 está vigente el requisito de obtener el consentimiento de la comunidad de propietarios para operar un alquiler a corto plazo. Sin embargo, la última interpretación de la Junta de Andalucía confirma que, en caso de un cambio de titular, ya no es obligatorio presentar un protocolo con el consentimiento de la asociación. Esto implica simplificación del procedimiento y una mayor certeza para los inversores.

Resumen
La licencia turística en Andalucía tiene un carácter real, está vinculada a la propiedad, no al titular personalmente. En la venta de un apartamento, pasa automáticamente al nuevo titular. La obligación clave es comunicar el cambio de titularidad en el Registro de Turismo de Andalucía en línea. La falta de actualizaciones no invalida la licencia, pero puede dar lugar a responsabilidad administrativa y dificultades prácticas, por ejemplo para registrarse en las plataformas de alquiler.
La última resolución de la Dirección General y la postura de la Junta de Andalucía fortalecen la seguridad de las transacciones con propiedades turísticas, protegiendo a los inversores y asegurando la continuidad de la operación de la licencia. Esta es una excelente noticia para todos aquellos que planifiquen una inversión en alquiler a corto plazo en España, especialmente en Andalucía.
[Este artículo fue elaborado en colaboración con el abogado Łukasz Tkaczyk de LTA Łukasz Tkaczyk y Asociados.]